La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes emitió un fallo en el que condena al Gobierno nacional a indemnizar a más de 500 trabajadores correntinos que fueron removidos injustamente del programa Potenciar Trabajo. El fallo establece que el presidente Javier Milei y la ministra Sandra Pettovello difundieron información falsa al acusarlos de recibir el beneficio de forma incompatible.
En diálogo con DataChaco, el abogado defensor de los trabajadores afectados, Juan Manuel Cubilla Podestá, dio detalles de la sentencia: "Es una sentencia de fondo, ya que no es una medida cautelar. La mayoría de las condenas que tuvo hasta ahora el gobierno de Milei son condenas de medida cautelar. Esta es una condena contra el Estado Nacional por haber generado este tipo de situación con personas vulnerables", explicó.
El fallo sostiene que la baja de estos trabajadores del programa Potenciar Trabajo se basó en datos falsos, donde se alegaba que eran empleados públicos y, por lo tanto, incompatibles con el beneficio. La Cámara demostró que los afectados no son empleados estatales, sino trabajadores informales que subsisten con trabajos autogestionados.
Además, la condena obliga al Estado nacional a pagar a estos trabajadores los beneficios adeudados correspondientes a cuatro meses (diciembre 2023 a marzo 2024), sumando intereses . Los meses coinciden con el período mayor inflación hasta el momento, lo que agrava el impacto económico sobre los afectados.
"Lo que a lo largo del juicio pudimos comprobar es que estas personas no tenían relación laboral con el Estado Provincial de Corrientes. Detectamos que el gobierno de la provincia de Corrientes había remitido información mal compaginada, mal hecha, al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTIS), y ese organismo había hecho un cruzamiento de datos con información falsa. En consecuencia, toda la información respecto a los 500 trabajadores correntinos estaba mal", detalló Cubilla Podestá.
En ese contexto, el abogado aseguró que se trata de "una sentencia bisagra porque declara la verdad sobre la utilización de información falsa y permite más adelante que se inicien demandas por daños y perjuicios contra los funcionarios que hicieron esto".
El fallo, que revoca una decisión anterior del juez Juan Carlos Vallejos, representa un avance en la defensa de derechos sociales básicos frente a las políticas de ajuste. Cubilla Podestá calificó la resolución como un hito al poner en su lugar a un gobierno que, según sus palabras, "carece de sensibilidad social". Además, el fallo resalta la necesidad de medidas basadas en información verificada, destacando la obligación estatal de respetar los derechos básicos en contextos económicos adversos.
La medida judicial responde a los reclamos de ocho familias correntinas, pero existen otras diez demandas en curso representadas por el mismo abogado, Juan Manuel Cubilla Podestá, en defensa de alrededor de 100 trabajadores adicionales afectados.
Declaraciones clave del fallo
"Resulta incompatible con el hecho de que aquella medida [Resolución N° 17/2023] se haya basado en datos erróneos y/o falsos."
"Desde un enfoque pro humano y en cumplimiento de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional, corresponde la percepción del beneficio desde el momento de la suspensión -diciembre de 2023- hasta la reactivación en los nuevos programas".