El Gobierno nacional publicó este martes la norma que revoca la "Asignación Mensual Vitalicia" de Amado Boudou, exvicepresidente de la Nación.
Se trata de la Resolución 1103/2024 , publicada en el Boletín Oficial de este martes, que en sus considerandos, establece que, "se considera inadmisible que una persona condenada por hechos de corrupción continúe percibiendo una pensión otorgada por el Estado", haciendo hincapié en la necesidad de que "los beneficiarios de prestaciones sociales mantengan un comportamiento ético y acorde con los valores que promueve el sistema previsional".
El documento hace referencia explícita a que "la revocación de la pensión está directamente vinculada a la condena judicial firme dictada contra el beneficiario", lo que afecta el principio de moralidad administrativa.
En este sentido, la resolución cita la sentencia en la que Boudou fue hallado culpable por delitos vinculados con corrupción durante su mandato como vicepresidente de la Nación, lo que "hace imposible que continúe recibiendo un beneficio cuyo objetivo es el apoyo social a los sectores más vulnerables".
Además, la norma subraya que "la pensión no es un derecho inalienable, sino un beneficio que debe ser evaluado de acuerdo a los principios de justicia social, igualdad y ética pública". En este marco, la ANSES justifica la revisión de la pensión, como parte de un proceso sistemático que busca "garantizar que los recursos del sistema previsional sean utilizados de manera justa y eficiente".
Por otro lado, la norma señala que "se considera que la percepción de una pensión por parte de alguien que ha sido condenado por actos de corrupción puede generar una percepción de injusticia entre la población, afectando la credibilidad del sistema de seguridad social". Es por eso que "se prioriza la revocación de beneficios que no cumplen con los estándares éticos requeridos para su otorgamiento".
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Estas asignaciones, reguladas por la ley 24.018, representan cifras millonarias que contrastan con los haberes promedio de la mayoría de los jubilados del país, avivando el debate sobre la equidad del sistema.
La normativa, sancionada en 1992, otorga a los expresidentes y vicepresidentes una asignación vitalicia equivalente al salario de un juez de la Corte Suprema, en el caso de los mandatarios, y tres cuartas partes de ese monto para sus vices. Si el beneficiario fallece, el derecho se transfiere al cónyuge o hijos menores de edad, con un valor equivalente al 75% de la pensión original.
Entre los exmandatarios que actualmente perciben este beneficio destaca Alberto Fernández, quien desde mayo de 2024 recibe $17.606.729 en bruto, tras un retroactivo de $32.207.388 por los meses adeudados.
Otro beneficiario es Mauricio Macri, quien en noviembre cobró $16.898.760 en bruto. Pese a estar entre los mayores receptores del beneficio, el exmandatario apoyó la quita de la asignación a Cristina Fernández de Kirchner.
Por su parte, Adolfo Rodríguez Saá, quien ocupó la presidencia durante solo siete días en diciembre de 2001, también recibe una pensión vitalicia de $16.194.431 en bruto.
María Estela Martínez de Perón, viuda de Juan Domingo Perón y presidenta entre 1974 y 1976, percibe $8.730.284 en bruto. Pese a residir en España, continúa cobrando esta asignación.
En el caso de los vicepresidentes, Gabriela Michetti encabeza la lista con una pensión mensual de $12.275.839 en bruto. Le siguen Julio Cobos, con $12.145.828; y Daniel Scioli, actual secretario de Turismo, con $8.426.273.
El artículo 4 de la ley extiende el derecho a viudas, viudos e hijos menores. Zulema Yoma , exesposa de Carlos Menem, recibe $13.913.085 en bruto desde abril de 2022. Inés Pertiné, viuda de Fernando de la Rúa, percibe $11.850.672.
Asimismo, Bety Nelly Andrés Llana, viuda de Roberto Levingston, cobra $10.941.338, mientras que Amalia Carmen Guido, hija de José María Guido, recibe $8.564.235 en bruto, tras la muerte de su madre en 1999.